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Deuteronomio 15:1-12 La Palabra Versión Hispanoamericana (BLPH)

1. Cada siete años perdonarás las deudas.

2. Lo harás del siguiente modo: cuando se proclame el perdón de las deudas en honor del Señor, todo el que haya hecho un préstamo a su prójimo o a su hermano, le perdonará la deuda y no se la reclamará más.

3. Podrás reclamar el pago de la deuda al forastero, pero perdonarás la deuda que tengas contraída con tu hermano.

4. Así no habrá mendigos entre los tuyos, ya que el Señor te colmará de bendiciones en la tierra que el Señor tu Dios te va a dar en herencia para que la poseas,

5. siempre y cuando obedezcas al Señor tu Dios y cumplas cada uno de los mandamientos que yo te prescribo hoy.

6. El Señor tu Dios te bendecirá, tal como te lo ha prometido; podrás prestar a muchas naciones, pero tú no tendrás que pedir prestado; dominarás a muchos pueblos, pero ninguno te dominará a ti.

7. Cuando en alguna de las ciudades de la tierra que el Señor tu Dios te va a dar veas a algún pobre entre los tuyos, no seas inhumano negando tu ayuda a ese hermano necesitado;

8. al contrario, tiéndele la mano y préstale lo que necesite para remediar su penuria.

9. Y que no se te pase por la mente el perverso pensamiento de poner mala cara a tu hermano necesitado y no prestarle nada ya que se acerca el año séptimo, año de perdonar las deudas. Él podría clamar al Señor contra ti y te harías culpable de pecado.

10. Debes prestarle, y además sin mezquindad; así el Señor tu Dios bendecirá todos tus trabajos y todo lo que emprendas.

11. Nunca dejará de haber pobres en esta tierra; por eso te mando que abras generosamente la mano a tu hermano, al pobre y al indigente de tu tierra.

12. Si tu hermano hebreo, hombre o mujer, se vende a ti como esclavo y te sirve durante seis años, en el séptimo año lo dejarás libre.

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