23. Pero si a ella le pasa algo, se castigará al culpable haciéndole el mismo daño que le hizo a la mujer. Es decir, si mata a la mujer, será condenado a muerte;
24. si le saca un ojo, también a él se le sacará un ojo; si le rompe un diente, se le romperá uno suyo. En cada caso se cobrará mano por mano, pie por pie,
25. quemadura por quemadura, herida por herida, golpe por golpe.
26-27. »Si alguien hiere en un ojo a su esclavo o esclava, y hace que pierda el ojo, tendrá que dejarlo en libertad. La misma ley se aplicará en caso de que le rompa un diente.
28. »Si un buey mata a alguien, se matará al buey a pedradas, y su carne no deberá comerse. El dueño del buey no será culpable de nada.
29. »Si el dueño sabía que el buey tenía la costumbre de atacar a la gente, y no lo encerró, será culpable de la muerte de la persona o personas que mate el buey. En ese caso, se matará a pedradas al buey y al dueño.
30. Sin embargo, el dueño podrá salvar su vida pagando una multa.
31. La misma ley se aplicará en caso de que el buey ataque al hijo o a la hija de alguien.
32. »Si el buey ataca al esclavo o a la esclava de alguien, el dueño del buey deberá pagarle al dueño del esclavo o esclava treinta monedas de plata. Además, se matará al buey a pedradas.
33. »Si un hombre destapa un pozo, o hace un pozo y no lo tapa, y en el pozo se cae un buey o un burro,
34. el que abrió el pozo deberá pagar al dueño el valor del animal, pero podrá quedarse con el animal muerto.