11. Y si fuere algún animal inmundo, de que no se ofrece ofrenda a Jehová, entonces el animal será puesto delante del sacerdote:
12. Y el sacerdote lo apreciará, sea bueno o sea malo; conforme a la estimación del sacerdote, así será.
13. Y si lo hubieren de redimir, añadirán la quinta parte sobre tu valuación.
14. Y cuando alguno santificare su casa consagrándola a Jehová, la apreciará el sacerdote, sea buena o sea mala: según la apreciare el sacerdote, así quedará.
15. Mas si el santificante redimiere su casa, añadirá a tu valuación la quinta parte del dinero de ella, y será suya.
16. Y si alguno santificare de la tierra de su posesión a Jehová, tu estimación será conforme a su siembra; un homer de siembra de cebada se apreciará en cincuenta siclos de plata.
17. Y si santificare su tierra desde el año del jubileo, conforme a tu estimación quedará.
18. Mas si después del jubileo santificare su tierra, entonces el sacerdote hará la cuenta del dinero conforme a los años que quedaren hasta el año del jubileo, y se rebajará de tu estimación.
19. Y si el que santificó la tierra quisiere redimirla, añadirá a tu estimación la quinta parte del dinero de ella, y se le quedará para él.