6. Y si fuere de un mes hasta cinco años, tu estimación será en orden al varón, cinco siclos de plata; y por la hembra será tu estimación tres siclos de plata.
7. Mas si fuere de sesenta años arriba, por el varón tu estimación será quince siclos, y por la hembra diez siclos.
8. Pero si fuere más pobre que tu estimación, entonces comparecerá ante el sacerdote, y el sacerdote le pondrá tasa: conforme á la facultad del votante le impondrá tasa el sacerdote.
9. Y si fuere animal de que se ofrece ofrenda á Jehová, todo lo que se diere de el á Jehová será santo.
10. No será mudado ni trocado, bueno por malo, ni malo por bueno; y si se permutare un animal por otro, él y el dado por él en cambio serán sagrados.
11. Y si fuere algún animal inmundo, de que no se ofrece ofrenda á Jehová, entonces el animal será puesto delante del sacerdote:
12. Y el sacerdote lo apreciará, sea bueno ó sea malo; conforme á la estimación del sacerdote, así será.
13. Y si lo hubieren de redimir, añadirán su quinto sobre tu valuación.
14. Y cuando alguno santificare su casa consagrándola á Jehová, la apreciará el sacerdote, sea buena ó sea mala: según la apreciare el sacerdote, así quedará.
15. Mas si el santificante redimiere su casa, añadirá á tu valuación el quinto del dinero de ella, y será suya.
16. Y si alguno santificare de la tierra de su posesión á Jehová, tu estimación será conforme á su sembradura: un omer de sembradura de cebada se apreciará en cincuenta siclos de plata.
17. Y si santificare su tierra desde el año del jubileo, conforme á tu estimación quedará.
18. Mas si después del jubileo santificare su tierra, entonces el sacerdote hará la cuenta del dinero conforme á los años que quedaren hasta el año del jubileo, y se rebajará de tu estimación.