3. Nada abominable comerás.
4. Éstos son los animales que podréis comer: el buey, la oveja, la cabra,
5. el ciervo, la gacela, el corzo, la cabra montés, el íbice, el antílope y el carnero montés.
6. Y todo animal de pezuñas, que tiene hendidura de dos uñas, y que rumiare entre los animales, ése podréis comer.
7. Pero éstos no comeréis, entre los que rumian o entre los que tienen pezuña hendida: camello, liebre y conejo; porque rumian, mas no tienen pezuña hendida, serán inmundos;