14. todo cuervo según su especie,
15. el avestruz, la lechuza, la gaviota y el gavilán según sus especies,
16. el búho, el ibis, el calamón,
17. el pelícano, el buitre, el somormujo,
18. la cigüeña, la garza según su especie, la abubilla y el murciélago.
19. Todo insecto alado será inmundo; no se comerá.
20. Toda ave limpia podréis comer.
21. Ninguna cosa mortecina comeréis; al extranjero que está en tus poblaciones la darás, y él podrá comerla; o véndela a un extranjero, porque tú eres pueblo santo a Jehová tu Dios. No cocerás el cabrito en la leche de su madre.
22. Indefectiblemente diezmarás todo el producto del grano que rindiere tu campo cada año.
23. Y comerás delante de Jehová tu Dios en el lugar que él escogiere para poner allí su nombre, el diezmo de tu grano, de tu vino y de tu aceite, y las primicias de tus manadas y de tus ganados, para que aprendas a temer a Jehová tu Dios todos los días.