8. »No comerán la carne ni tocarán el cadáver de estos animales. Ustedes los considerarán animales impuros.
9. »De los animales que hay en las aguas, es decir, en los mares y en los ríos, ustedes podrán comer los que tengan aletas y escamas.
10. En cambio, considerarán inmundos a todos los animales de los mares y de los ríos que no tengan aletas ni escamas, sean reptiles u otros animales acuáticos.
11. No comerán su carne, y rechazarán su cadáver, porque ustedes los considerarán animales inmundos.