Sin embargo, si el príncipe, de su herencia le obsequia un terreno a uno de sus siervos, el siervo solo podrá conservarlo hasta el año de jubileo, que se celebra cada cincuenta años. Llegado ese tiempo, se devolverá el terreno al príncipe. En cambio, los regalos que el príncipe les dé a sus hijos, serán permanentes.