17. Los ancianos que gobiernan bien sean considerados dignos de doble honor, principalmente los que trabajan en la predicación y en la enseñanza.
18. Porque la Escritura dice: "No pondras bozal al buey cuando trilla," y: El obrero es digno de su salario.
19. No admitas acusación contra un anciano, a menos de que haya dos o tres testigos.