20. Todo insecto alado que ande sobre cuatro patas les será abominación.
21. Sin embargo, éstos pueden comer de entre todos los insectos alados que andan sobre cuatro patas: los que tienen, además de sus patas, piernas con coyunturas para saltar con ellas sobre la tierra.
22. De ellos pueden comer éstos: la langosta según sus especies, la langosta destructora según sus especies, el grillo según sus especies y el saltamontes según sus especies.
23. Pero todos los demás insectos alados que tengan cuatro patas les serán abominación.
24. Por estos animales, pues, serán inmundos; todo el que toque sus cadáveres quedará inmundo hasta el atardecer,