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Éxodo 22:9-18 Nueva Biblia Latinoamericana de Hoy (NBLH)

9. En toda clase de fraude, ya se trate de buey, de asno, de oveja, de ropa, o de cualquier cosa perdida, de la cual se pueda decir: 'Esto es mío,' la causa de ambos se llevará ante los jueces; y aquél a quien los jueces declaren culpable pagará el doble a su vecino.

10. "Si alguien da a su vecino un asno, un buey, una oveja, o cualquier otro animal para ser guardado, y muere o sufre daño, o es robado sin que nadie lo vea,

11. los dos harán juramento delante del Señor de que no metieron la mano en la propiedad de su vecino, y el dueño lo aceptará, y el otro no hará restitución.

12. Pero si en verdad el animal le ha sido robado, hará restitución a su dueño.

13. Si ha sido despedazado, que lo traiga como prueba. No hará restitución por lo que ha sido despedazado.

14. "Si alguien pide prestado un animal a su vecino, y el animal sufre daño o muere en ausencia de su dueño, hará completa restitución.

15. Si el dueño está presente, no hará restitución. Si es alquilado, solamente pagará el alquiler.

16. "Si alguien seduce a una doncella que no esté comprometida para casarse, y se acuesta con ella, deberá pagar una dote por ella para que sea su mujer.

17. Y si el padre rehúsa dársela, él pagará una cantidad igual a la dote de las vírgenes.

18. "No dejarás con vida a la hechicera.

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