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Éxodo 22:4-14 La Nueva Biblia de los Hispanos (NBLH)

4. "Si lo que robó, sea buey o asno u oveja, es hallado vivo en su posesión, pagará el doble.

5. "Si alguien deja que un campo o viña sea pastado totalmente, y deja suelto su animal para que paste en campo ajeno, hará restitución con lo mejor de su campo y con lo mejor de su viña.

6. "Si estalla un incendio y se extiende a los espinos, de modo que las cosechas, amontonadas o en pie, o el campo mismo se consuman, el que encendió el fuego ciertamente hará restitución.

7. "Si alguien da a su vecino dinero o cosas a guardar, y son hurtados de la casa de éste, el ladrón, si es hallado, pagará el doble.

8. "Si no es hallado el ladrón, entonces el dueño de la casa se presentará ante los jueces, para determinar si él metió la mano en la propiedad de su vecino.

9. "En toda clase de fraude, ya se trate de buey, de asno, de oveja, de ropa, o de cualquier cosa perdida, de la cual se pueda decir: 'Esto es mío,' la causa de ambos se llevará ante los jueces; y aquél a quien los jueces declaren culpable pagará el doble a su vecino.

10. "Si alguien da a su vecino un asno, un buey, una oveja, o cualquier otro animal para ser guardado, y muere o sufre daño, o es robado sin que nadie lo vea,

11. los dos harán juramento delante del SEÑOR de que no metieron la mano en la propiedad de su vecino, y el dueño lo aceptará, y el otro no hará restitución.

12. "Pero si en verdad el animal le ha sido robado, hará restitución a su dueño.

13. "Si ha sido despedazado, que lo traiga como prueba. No hará restitución por lo que ha sido despedazado.

14. "Si alguien pide prestado un animal a su vecino, y el animal sufre daño o muere en ausencia de su dueño, hará completa restitución.

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