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Deuteronomio 15:1-5 La Nueva Biblia de los Hispanos (NBLH)

1. "Al cabo de cada siete años harás remisión (perdón) de deudas .

2. "Así se hará la remisión (el perdón): todo acreedor hará remisión de lo que haya prestado a su prójimo; no lo exigirá de su prójimo ni de su hermano, porque se ha proclamado la remisión del SEÑOR.

3. "De un extranjero lo puedes exigir, pero tu mano perdonará cualquier cosa tuya que tu hermano tenga.

4. "Sin embargo, no habrá menesteroso entre ustedes, ya que el SEÑOR de cierto te bendecirá en la tierra que el SEÑOR tu Dios te da por heredad para poseerla,

5. si sólo escuchas fielmente la voz del SEÑOR tu Dios, para guardar cuidadosamente todo este mandamiento que te ordeno hoy.

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