1. "Al cabo de cada siete años harás remisión (perdón) de deudas .
2. "Así se hará la remisión (el perdón): todo acreedor hará remisión de lo que haya prestado a su prójimo; no lo exigirá de su prójimo ni de su hermano, porque se ha proclamado la remisión del SEÑOR.
3. "De un extranjero lo puedes exigir, pero tu mano perdonará cualquier cosa tuya que tu hermano tenga.