28. El sacerdote hará expiación ante el Señor por esa persona que ha pecado por inadvertencia, cometiendo así una falta involuntaria; hará expiación por ella y será perdonada.
29. Utilizaréis el mismo ritual con respecto a quien peque involuntariamente, tanto si es ciudadano israelita como si es un residente extranjero que vive entre vosotros.
30. Pero la persona, sea ciudadano nativo o residente extranjero, que cometa un pecado a sabiendas, ultraja al Señor y debe ser extirpada de su pueblo.
31. Por cuanto menospreció la palabra del Señor y violó su mandamiento, esa persona será inexorablemente extirpada [del pueblo] y cargará con las consecuencias de su pecado.
32. Estando los israelitas en el desierto, sorprendieron a un hombre que estaba recogiendo leña en sábado.
33. Los que lo hallaron realizando tal actividad, lo llevaron ante Moisés, Aarón y toda la comunidad,