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Levítico 25:9-24 La Biblia Traducción Interconfesional Versión Española (BTI)

9. El día diez del séptimo mes, que es el Día de la Expiación, harás sonar la trompeta; ese día haréis sonar la trompeta por toda vuestra tierra.

10. Declararéis santo ese año cincuenta y proclamaréis la liberación para todos los habitantes del país. Será para vosotros año jubilar: cada uno recobrará su propiedad y cada cual regresará a su familia.

11. El año cincuenta será para vosotros año jubilar: no sembraréis, ni cosecharéis los rebrotes de la última siega, ni vendimiaréis las uvas que pueda producir vuestro viñedo.

12. Es año jubilar y debe ser sagrado para vosotros: comeréis sólo lo que la tierra espontáneamente produzca.

13. En este año de jubileo cada uno recuperará su propiedad.

14. Por tanto, si compráis o vendéis algo a vuestro prójimo, que nadie engañe a su hermano.

15. En lo que compres a tu prójimo se tendrá en cuenta el número de años pasados después del año jubilar; asimismo, él te venderá teniendo en cuenta el número de años de cosecha que quedan.

16. El precio aumentará o disminuirá en proporción a los años que falten para el próximo año jubilar; la venta se hará según el número de las cosechas.

17. Y que ninguno engañe a su prójimo; antes bien, respetad a vuestro Dios. Yo soy el Señor, vuestro Dios.

18. Cumplid mis leyes y guardad mis mandamientos; ponedlos en práctica y así viviréis seguros en la tierra,

19. una tierra que dará su fruto del que comeréis hasta saciaros, viviendo seguros en ella.

20. Tal vez os preguntéis: ¿y qué comeremos el séptimo año, pues no vamos a sembrar ni a recoger nuestros frutos?

21. Pues yo os contesto que os enviaré mi bendición el sexto año, de manera que haya fruto para tres años.

22. El año octavo sembraréis, pero seguiréis comiendo de la cosecha anterior; así haréis hasta el año noveno en que llegue el nuevo fruto.

23. La tierra no se podrá vender a perpetuidad, porque la tierra es mía y vosotros sois como residentes extranjeros en mi propiedad.

24. Por tanto, en toda la tierra que poseéis, concederéis el derecho a rescatar la posesión de la misma.

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