9. »Si hay un desacuerdo con respecto a quién es el dueño de un toro, un burro, una oveja, ropa o cualquier otra cosa que se haya perdido y ambas personas dicen: “Eso es mío”, los llevarán a los dos ante Dios. Aquel que Dios decida que es culpable pagará el doble de lo que se robó.
10. »En caso de que una persona le dé a otra un burro, un toro, una oveja o cualquier otro animal para que se lo cuide y el animal muere, o lo hieren o se lo roban,
11. ambas personas jurarán por el SEÑOR que no fueron culpables de apoderarse de lo ajeno. El dueño aceptará el juramento y la otra persona no tendrá que pagar nada.
12. Pero si el que lo cuidaba fue quien se robó el animal, tendrá que pagarle el animal al dueño.