11. es que se trata de lepra crónica de la piel. El sacerdote deberá declarar impura a esa persona, y no será necesario que la encierre, porque ya es impura.
12. »Si la lepra se desarrolla rápidamente, al grado de cubrir de pies a cabeza la piel del enfermo hasta donde el sacerdote pueda ver,
13. el sacerdote lo examinará; y si la lepra ha cubierto todo su cuerpo, el sacerdote lo declarará puro, pues la lepra se ha vuelto blanca y él ha quedado puro.
14. Pero el día que aparezca en él la carne viva, quedará impuro.
15. Entonces el sacerdote examinará la carne viva y lo declarará impuro, pues la carne viva es impura: es lepra.
16. »En caso de que la carne viva vuelva a ponerse blanca, el enfermo deberá ir al sacerdote
17. para que lo examine, y si el sacerdote ve que la llaga se ha vuelto blanca, declarará puro al enfermo, pues ya ha quedado puro.
18. »Cuando alguien tenga una llaga en la piel, y llegue a sanar,
19. y quede en su lugar una hinchazón blanca, o una mancha blanco-rojiza, deberá presentarse ante el sacerdote.
20. Si el sacerdote ve que la parte afectada aparece más hundida que el resto de la piel, y que el pelo se ha vuelto blanco, entonces declarará impura a esa persona, pues lo que tiene es una llaga de lepra.