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Levítico 25 Dios Habla Hoy con Deuterocanónicos Versión Española (DHHED)

El año de reposo y el año de liberación

1. El Señor se dirigió a Moisés en el monte Sinaí, y le dijo:

2. “Diles esto a los israelitas: Cuando hayáis entrado en la tierra que os voy a dar, la tierra deberá tener reposo en honor del Señor.

3. Podréis sembrar vuestros campos durante seis años. También durante seis años podréis podar vuestros viñedos y recoger sus frutos,

4. pero el séptimo año será de completo reposo de la tierra en honor del Señor; no sembréis ese año vuestros campos ni podéis vuestros viñedos.

5. Tampoco seguéis el trigo que nazca por sí mismo después de la última cosecha, ni recojáis las uvas de vuestro viñedo no podado; la tierra debe tener reposo completo.

6. Lo que la tierra produzca por sí misma durante su reposo, alcanzará para que comáis vosotros, vuestros siervos y vuestras siervas, los trabajadores y extranjeros que vivan con vosotros,

7. y también vuestros ganados y los animales salvajes del país. Todo lo que la tierra produzca os servirá de alimento.

8. “Contaréis siete semanas de años, es decir, siete años multiplicados por siete, lo cual dará un total de cuarenta y nueve años,

9. y el día diez del mes séptimo, que es el Día del perdón, haréis sonar el cuerno de carnero en todo el país.

10. El año cincuenta lo declararéis año santo: será un año de liberación, y en él anunciaréis libertad para todos los habitantes del país. Todo hombre volverá al seno de su familia y a la posesión de sus tierras.

11. El año cincuenta será para vosotros año de liberación, y en él no sembraréis, ni segaréis el trigo que nazca por sí mismo, ni podaréis los viñedos ni recogeréis sus uvas,

12. porque será un año santo y de liberación para vosotros. Comeréis solo lo que la tierra produzca por sí misma.

13. “En ese año de liberación, todos volveréis a tomar posesión de vuestras tierras.

14. Si alguien vende o compra a otra persona algún terreno, no trate de aprovecharse de ella;

15. el que compra, debe pagar según el tiempo transcurrido desde el año de liberación; y el que vende, debe cobrar según los años de cosecha que aún falten:

16. cuantos más años de cosecha falten, más alto será el precio; si quedan pocos años, el precio será más bajo, pues lo que se vende es el número de cosechas.

17. “No abuse nadie de nadie. Sed reverentes con vuestro Dios, pues yo soy el Señor vuestro Dios.

18. Cumplid mis leyes, poned en práctica mis decretos. Cumplidlos y viviréis tranquilos en el país;

19. la tierra dará frutos, viviréis tranquilamente en ella y comeréis de sus frutos hasta quedar satisfechos.

20. “Tal vez os preguntéis: ‘¿Y qué comeremos durante el séptimo año, si no podemos sembrar ni recoger la cosecha?’

21. Pues bien, yo os enviaré mi bendición durante el sexto año, y la cosecha será suficiente para tres años;

22. así comeréis del grano almacenado mientras sembráis de nuevo en el año octavo, y aun hasta el año noveno podréis comer del grano almacenado, mientras llega la cosecha.

23. “La tierra no debe venderse a perpetuidad: la tierra es mía, y vosotros solo estáis de paso por ella como huéspedes míos.

24. Por lo tanto, para cualquier terreno que tengáis en propiedad, deberéis conceder a los dueños anteriores el derecho de volver a comprarlo.

25. “Si uno de tus compatriotas se queda en la ruina y te vende alguno de sus terrenos, su pariente más cercano podrá venir y rescatar lo que su pariente había vendido.

26. “En el caso de alguien que no tenga un pariente que pueda rescatar su propiedad, si él logra reunir lo suficiente para rescatarla por sí mismo,

27. calculará el tiempo transcurrido desde que la vendió, devolverá al que se la compró la cantidad de dinero que resulte a su favor, y él volverá a tomar posesión de su propiedad.

28. Pero si no logra reunir lo suficiente para rescatar la propiedad, esta quedará en poder del comprador hasta el año de liberación, durante el cual será liberada la propiedad, y el que la vendió volverá a tomar posesión de ella.

29. “Si alguien vende una vivienda en una ciudad con murallas, tendrá derecho a volver a comprarla durante un año completo a partir de la fecha de venta.

30. Pero en caso de que la vivienda no sea rescatada en el término de un año, quedará para siempre en poder del que la compró y de sus descendientes. No podrá ser liberada en el año de liberación.

31. En cambio, las casas de pueblos sin murallas serán consideradas igual que los campos: podrán ser rescatadas, y serán liberadas en el año de liberación.

32. “Los levitas tendrán siempre el derecho de volver a comprar las casas que estén dentro de sus ciudades.

33. Si el que rescata es un levita, deberá abandonar la casa en el año de liberación e irse a la ciudad donde tiene su propiedad, porque la única propiedad de los levitas entre los israelitas es la casa que tienen en su ciudad.

34. Las tierras de pastoreo pertenecientes a las ciudades de los levitas no podrán ser vendidas, porque son su propiedad permanente.

35. “Si alguno de tus compatriotas se arruina y recurre a ti, debes ayudarle como a un extranjero de paso, y le acomodarás en tu casa.

36. No le quites nada ni le cargues intereses sobre los préstamos que le hagas; al contrario, muestra temor por tu Dios y acomoda a tu compatriota en tu casa.

37. No cargues intereses al dinero que le prestes, ni aumentes el precio de los alimentos que le des.

38. Yo soy el Señor vuestro Dios, que os saqué de Egipto para daros la tierra de Canaán y para ser vuestro Dios.

39. “Si uno de tus compatriotas se arruina estando contigo, y se vende a ti, no le hagas trabajar como esclavo;

40. trátale como a un trabajador o como a un huésped. Trabajará para ti hasta el año de liberación,

41. después del cual podrá abandonar tu casa junto con sus hijos, para volver otra vez a su clan y a sus propiedades familiares,

42. porque ellos son mis siervos. Yo los saqué de Egipto, y no deben ser vendidos como esclavos.

43. No los trates con crueldad; al contrario, muestra temor de tu Dios.

44. “Si quieres tener esclavos o esclavas, cómpralos de las otras naciones que te rodean.

45. También puedes comprar a la gente extranjera que vive entre vosotros, y a los hijos que os nazcan mientras estéis en vuestro país; a ellos podéis comprarlos en propiedad

46. y dejarlos como herencia a vuestros hijos cuando muráis; siempre podréis serviros de ellos. Pero ninguno de vosotros debe dominar ni tratar con crueldad a sus hermanos los israelitas.

47. “Si un extranjero que vive en tu tierra se hace rico, y en cambio uno de tus compatriotas, vecino del extranjero, se queda en la ruina y se vende a ese extranjero o a algún otro extranjero,

48. tendrá derecho a que se compre su libertad aun después de haberse vendido. Podrá ser rescatado por uno de sus hermanos,

49. un tío, un primo o cualquier pariente cercano; también podrá rescatarse él mismo, si tiene medios para hacerlo,

50. calculando con el que lo compró desde el año en que se vendió hasta el año de liberación: el precio de venta corresponderá al número de años, y el tiempo que haya trabajado se calculará según la paga que se da a los trabajadores.

51. Si aún quedaran muchos años por delante, en proporción a ellos dará por su rescate parte del dinero que recibió por venderse;

52. pero si falta poco tiempo para el año de liberación, dará por su rescate la cantidad correspondiente a los años que falten.

53. Se le deberá tratar como a un trabajador contratado por años; no permitas que se le trate con crueldad.

54. “Si acaso no es rescatado en ese tiempo, quedará en libertad en el año de liberación, junto con sus hijos,

55. pues los israelitas son mis siervos, mis propios siervos; yo los saqué de Egipto. Yo soy el Señor vuestro Dios.