21. Os repartiréis este territorio entre las tribus de Israel.
22. Lo asignaréis por suertes como heredad tanto para vosotros como para los extranjeros que residen entre vosotros y que han tenido familia en el país. Los trataréis como israelitas nativos y participarán en la distribución de las heredades junto con las tribus de Israel.
23. A los extranjeros les proporcionaréis su heredad correspondiente en el territorio de las tribus donde residan —oráculo del Señor Dios—.